jueves, 3 de noviembre de 2016

Elecciones al Consejo Escolar 16/17


La Educación en la España democrática se basa en leyes que potencian la participación democrática en el gobierno de los Centros Educativos desde el año 1985 en que se promulgó la LODE (Ley Orgánica Reguladora del Derecho a la Educación) que definía la participación general en la enseñanza y de los órganos de gobierno de los centros.

De acuerdo con lo establecido en la ley,  los órganos colegiados de gobierno de los Centros Educativos públicos y privados concertados son el Consejo Escolar del Centro y el Claustro de Profesores.

El Consejo Escolar es el órgano de participación en los Centros de los diferentes sectores de la comunidad educativa. El profesorado participa además a través del Claustro de Profesores.

Desde el AMPA os animamos a acudir a votar a los representantes de padres y madres en el Consejo Escolar y así participar en uno de los órganos de gobierno fundamentales de nuestro Colegio. 
Todos tenemos voz, y debemos hacerla oír. 

¿QUIÉN COMPONE DEL CONSEJO ESCOLAR?
a)     La Directora del Centro, que será la Presidenta del Consejo Escolar.
b)    Representantes de la entidad titular del Centro
c)     Representantes de los profesores.
d)    Representantes de los padres,  madres o tutores de los alumnos, de los que uno será designado por el AMPA del Centro.
e)     Representantes de los alumnos de Enseñanza Secundaria,
f)     Representante del personal de administración y servicios cuando el Centro cuente con dicho personal.
g)    Concejal o representante del Ayuntamiento del municipio en cuyo término se halle radicado el Centro.

El número de representantes de cada sector se determina en función de las características de cada Centro.

¿QUIÉN PUEDE PRESENTARSE COMO REPRESENTANTE DE PADRES?
Serán elegibles los padres, madres y tutores de los alumnos que se hayan presentado como candidatos y hayan sido admitidos por la Junta Electoral.
La representación de los padres y madres en el Consejo Escolar corresponderá a éstos o a los tutores de los alumnos y alumnas. El derecho a elegir y ser elegido corresponde al padre y a la madre o, en su caso, a los tutores de los alumnos y alumnas.
El AMPA designa entre los miembros de su Junta Directiva a un representante que quedará  identificado en la correspondiente papeleta de voto.

¿QUIÉNES SE PRESENTAN ESTE AÑO EN NUESTRO COLEGIO?
En nuestro Centro, para actual convocatoria (curso académico 2016/2017), los candidatos que se presentan como representantes de padres y madres en el Consejo Escolar son, por orden alfabético:
·         Minerva María Aguilar Poot
·         María Jesús Hurtado Lucas
·         Diego Martín Mas
·          de los Ángeles Pemán Domeq
Cartel expuesto en el tablón de anuncios del Colegio R.R. Calasancias


El representante de padres designado por la Junta Directiva del AMPA en la convocatoria 16/17 es Francisco Javier Garrido Jiménez,  actual vocal de Deportes.

¿CUÁNDO Y DÓNDE SE VOTA?
 Las elecciones a representantes de padres y madres de alumnos para el Consejo Escolar tendrán lugar en el Colegio el próximo día 8 de Noviembre de 2016, en horario de 14:00 a 20:00 horas.

¿QUIÉN PUEDE VOTAR?
Serán electores todos los padres, madres y tutores de los alumnos que estén matriculados en el Centro y que, por tanto, deberán figurar en el censo.
El voto es individual;  cada padre, madre o tutor podrá ejercer su derecho al voto.

¿CÓMO SE VOTA? 
El voto será directo, secreto y no delegable.
Cada elector podrá hacer constar en su papeleta, como máximo, tantos nombres como puestos a cubrir, descontando, en su caso, el representante designado por el AMPA.
La elección de los representantes de los padres de los alumnos está precedida por la constitución de la Mesa electoral encargada de presidir la votación, conservar el orden, velar por la pureza del sufragio y realizar el escrutinio.
La Mesa electoral está integrada por el Director o Directora del Centro, que actúa de presidente, y cuatro padres, madres o tutores de los alumnos designados por sorteo, actuando de secretario el de menor edad entre éstos.  En ningún caso, podrán formar parte de la Mesa electoral los candidatos del sector correspondiente.

COMPETENCIAS DEL CONSEJO ESCOLAR:
 1) Establecer las directrices para la elaboración del Proyecto Educativo del Centro, aprobarlo y evaluarlo, sin perjuicio de las competencias que el Claustro de Profesores tiene atribuidas en relación con la planificación y organización docente. Asimismo, establecer los procedimientos para su revisión cuando su evaluación lo aconseje.
2) Elegir al Director o Directora del Centro.
3) Informar a la Administración Educativa acerca de la designación del Director o Directora del Centro en el supuesto de que éste deba ser designado por la misma.
4) Proponer la revocación del nombramiento del Director o Directora.
5) Decidir sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción estricta a lo establecido en la normativa vigente.
6) Aprobar el reglamento de régimen interno del centro.
7) Resolver los conflictos e imponer las correcciones con finalidad pedagógica que correspondan a aquellas conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia en el Centro de acuerdo con la normativa vigente.
8) Aprobar el proyecto de presupuesto del Centro y la ejecución del mismo.
 9) Promover la renovación de las instalaciones y equipamiento escolar, así como vigilar su conservación.
10) Aprobar y evaluar la programación general del Centro, respetando, en todo caso, los aspectos docentes que competen al Claustro de Profesores.
11) Aprobar y evaluar la programación general de las actividades escolares complementarias y extraescolares.
12) Fijar las directrices para la colaboración del Centro con fines culturales, educativos y asistenciales, con otros Centros, entidades y organismos.
13) Analizar y evaluar el funcionamiento general del Centro, especialmente la eficacia en la gestión de los recursos, así como la aplicación de las normas de convivencia y elaborar un informe de dicha aplicación que se incluirá en la Memoria Final de Curso.
14) Analizar y evaluar la evolución del rendimiento escolar general del Centro.
15) Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del Centro realice la Administración Educativa o cualquier informe referente a la marcha del mismo.
16) Informar y aprobar la memoria anual sobre las actividades y actuación general del Centro.
17) Conocer e impulsar las relaciones del Centro con las instituciones de su entorno.