La familia, como núcleo fundamental de la
sociedad, desempeña múltiples funciones sociales, que la hacen merecedora de
una protección específica tal como señalan numerosos instrumentos
internacionales, entre los que destacan la Declaración Universal
de Derechos Humanos y la
Carta Social Europea.
Por su parte, la Constitución Española
de 1978 establece en su artículo 39 que los poderes públicos aseguran la
protección social, económica y jurídica de la familia.
Dentro de las diversas realidades
familiares, las llamadas familias numerosas presentan una problemática
particular por el coste que representa para ellas el cuidado y educación de los
hijos o el acceso a una vivienda adecuada a sus necesidades. Estas
circunstancias pueden implicar una diferencia sustancial con el nivel de vida
de otras familias con menos hijos o sin ellos.
¿QUÉ ES UNA FAMILIA NUMEROSA?
Es aquella familia que está formada por:
- Uno o dos ascendientes con tres o más
hijos, sean o no comunes.
- El padre o la madre separados o divorciados
con tres o más hijos, comunes o no, aunque estén en distintas unidades
familiares, si están bajo su dependencia económica, aunque no vivan en el hogar
conyugal.
- El padre o la madre con dos hijos, cuando haya fallecido el otro progenitor.
- Uno o dos ascendientes con dos hijos (comunes o no), y al menos uno de los hijos con discapacidad (entendiéndose como una minusvalía reconocida igual o superior al 33%) o incapacitado para trabajar (entendiéndose como un grado equivalente al de la incapacidad permanente absoluta o gran invalidez).
- Dos ascendientes con dos hijos (comunes o no), cuando los progenitores tengan discapacidad o estén incapacitados para trabajar, o al menos uno de ellos con un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
- Dos hermanos huérfanos de padre y madre,
sometidos a tutela, acogimiento o guarda, sin estar a expensas del tutor,
acogedor o guardador.
- Tres o más hermanos huérfanos de padre y
madre mayores de 18 años o dos, si uno tiene discapacidad, que convivan y
tengan dependencia económica entre sí.
Catergorías de Familia Numerosa:
- Especial: las de cinco o más hijos y las de
cuatro hijos de los cuales al menos tres procedan de parto, adopción o
acogimiento permanente o preadoptivo múltiples.
- General: las restantes unidades familiares.
No obstante, las unidades familiares con
cuatro hijos se clasificarán en la categoría especial cuando sus ingresos
anuales de las mismas, divididos por el número de miembros que las componen, no
superen en cómputo anual el 75 por ciento del salario mínimo interprofesional
vigente, incluidas las pagas extraordinarias
Cada hijo discapacitado o incapacitado para
trabajar, computará como dos para determinar la categoría en que se clasifica
la unidad familiar de la que forma parte.
BENEFICIOS PARA LAS FAMILIAS NUMEROSAS:
Derechos de Preferencia:
Los miembros de las familias numerosas
tendrán trato preferente, de acuerdo con lo que se determine por la Administración
competente en la normativa aplicable, en los siguientes ámbitos:
- La concesión de becas y ayudas en materia
educativa, así como para la adquisición de libros y demás material didáctico.
- La puntuación en el régimen de admisión de
alumnos en centros de educación preescolar y centros docentes sostenidos con
fondos públicos.
- El acceso a las viviendas protegidas, sin
perjuicio de los beneficios más específicos establecidos en el capítulo III de
este título.
- El acceso a albergues, centros cívicos y
demás locales y espacios o actividades de ocio que dependan de la Administración.
- Derecho al subsidio para transporte y
comedor por necesidades educativas especiales asociadas a la discapacidad.
Beneficios fiscales:
-
En la
Deducción Fiscal:
o 1.200 euros por
familia numerosa general
o 2.400 para las de
categoría especial
o 1.200 para familias
con hijos con discapacidad
También para monoparentales con dos hijos
(siempre que no se perciba prestación por alimentos del otro progenitor).
Todas acumulables entre sí si se dan varios
de estos supuestos.
Es necesario estar en activo en la Seguridad Social,
aunque en el caso de ser familia numerosa, también se aplica a desempleados que
estén cobrando subsidio y pensionistas
-
En el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI):
Bonificación para familias numerosas por
los inmuebles que constituyan su vivienda habitual, en cantidad variable
atendiendo al valor catastral de la vivienda y a la categoría reconocida a la
familia numerosa.
En Sevilla capital, el porcentaje de
bonificación según el valor catastral es:
Para familias
numerosas de categoría general:
o Valor catastral
hasta 55.000€, bonificación del 75%
o Valor catastral de 55.001 a 100.000€,
bonificación del 55%
o Valor catastral
mayor de 100.001€, sin bonificación.
Para familias
numerosas de categoría especial:
o Valor catastral
hasta 55.000€, bonificación del 90%
o Valor catastral de 55.001 a 100.000€,
bonificación del 70%
o Valor catastral
mayor de 100.001€, sin bonificación.
Bonificaciones:
-
En la expedición o renovación del DNI y del Pasaporte ordinario:
Exención del pago de la tasa las personas
que acrediten la condición de miembro de familia numerosa.
-
En la contratación de cuidadores en familias numerosas:
Bonificación del 45% de las cuotas a la Seguridad Social
a cargo del empleador, siempre que los dos ascendientes o el ascendiente, en
caso de familia monoparental, ejerzan una actividad profesional por cuenta
ajena o propia fuera del hogar o estén incapacitados para trabajar.
En el caso de la familia numerosa especial,
para la aplicación de este beneficio no será necesario que los dos progenitores
desarrollen cualquier actividad retribuida fuera del hogar.
En cualquier caso, el beneficio indicado
sólo será aplicable por la contratación de un único cuidador por cada unidad
familiar que tenga reconocida oficialmente la condición de familia numerosa.
-
En el ámbito de la educación se establecen los siguientes beneficios:
o Bonificación del
50% para familias numerosas de categoría general y del 100% para las de
categoría especial en las tasas o precios públicos que se apliquen a los
derechos de matriculación y examen, por expedición de títulos y diplomas
académicos, docentes y profesionales, en todos los regímenes, niveles y ciclos.
o Se otorgará un
subsidio a las familias numerosas que tengan en su seno a hijos discapacitados
o incapacitados para trabajar que presenten necesidades educativas especiales
asociadas a la discapacidad.
o Cuando el
beneficiario de una prestación por infortunio familiar, concedida por el seguro
escolar, sea miembro de una familia numerosa, la cuantía de dicha prestación se
incrementará en un 20% para las de categoría general y en un 50% para las de
categoría especial.
-
En el permiso de paternidad:
Se amplía a 20 días la duración del permiso
de paternidad para padres de familias numerosas.
-
En los transportes por carretera, ferrocarril y marítimo (servicios
regulares):
Bonificación del 20% para familias
numerosas de categoría general y del 50% para las de categoría especial en las
tarifas de transporte por carretera, ferrocarril y marítimo.
Estas bonificaciones son acumulables a
otros descuentos establecidos
Las anteriores bonificaciones se aplicarán,
también en idénticas cuantías, respecto del transporte marítimo en líneas
regulares de muebles y demás enseres por razón de cambio de domicilio.
-
En los transportes del Consorcio de Transportes del área metropolitana
de Sevilla:
La Tarjeta de Familia
Numerosa del Consorcio de Transportes permite disfrutar de un descuento del 50%
en el caso de familias numerosas de régimen especial, y del 20% en el caso de
familias numerosas de régimen general sobre el precio del viaje con la tarjeta.
Este derecho se aplica a través de bonificaciones en las recargas.
El consorcio de Transportes incluye los
autobuses urbanos, los autobuses metropolitanos, el metro, los trenes de
cercanías, las bicicletas públicas (Sevici), los vehículos de carsharing de
Bluemove.
- En
el transporte aéreo nacional:
Bonificación del 5% para familias numerosas
de categoría general y del 10% para las de categoría especial en las tarifas
aéreas nacionales.
-
En la factura de la luz:
Para obtener la bonificación por familia numerosa es necesario poseer el Bono Social que puede facilitar la compañía comercializadora. Con el Bono
Social se consigue un descuento del 25% en la tarifa regulada del PVPC, está
limitada a clientes con menos de 10 kW de potencia contratada y es compatible
con la discriminación horaria. El suministro deberá estar acogido a la tarifa
de último recurso y el punto de suministro deberá corresponderse con el de la
vivienda habitual del titular.
El Bono Social únicamente está disponible
con las compañías comercializadoras de referencia, que son aquellas designadas
por el Gobierno y que deben ofrecer la tarifa regulada PVPC, Precio Voluntario
para el Pequeño Consumidor, por obligación y de forma oficial (Endesa,
Iberdrola, Gas Natural Fenosa, edp Energía, E.ON España y CHC Energía). Estas compañías
ofrecen un precio de la electricidad marcado y fijado por el Gobierno a través
del Ministerio de Industria.
- En la factura del agua:
No todas las
compañías suministradoras ofrecen bonificaciones para familias numerosas. En el
caso de Sevilla capital, la empresa suministradora es Emasesa y ofrece en sus
tarifas un ajuste del precio si se acreditan los habitantes del domicilio e
incrementa el canon autonómico en 3 m3/mes por cada habitante que exceda el
número de cuatro.
Para los municipios del Aljarafe
suministrados por Aljarafesa, se contempla una bonificación para familias
numerosas consistente en incrementar el límite del Bloque I Tarifario en 3
m3/mes por cada miembro residente que supere el número de cuatro.
-
En la adquisición de vehículos:
Ayuda del Programa de Incentivos al
Vehículo Eficiente (PIVE 8): las familias numerosas recibirán 3.000 € de
subvención por la adquisición de vehículos nuevos de más de 5 plazas, siempre
que se dé de baja a otro con una antigüedad mínima de diez años, que sea de su
propiedad al menos durante los doce meses anteriores a la solicitud de la ayuda
y que cuente con la
Inspección Técnica de Vehículos, cuando el precio de los
nuevos vehículos no exceda de 30.000 € (IVA no incluido).
-
En el impuesto de matriculación de automóviles:
Bonificación del 50% del importe de la base
imponible del impuesto de matriculación de los vehículos automóviles con una
capacidad homologada no inferior a cinco plazas y no superior a nueve.
Para obtener la bonificación, es necesario
que el vehículo se destine al uso exclusivo de la familia numerosa, que esté
matriculado a nombre del padre, la madre o de los dos, que el vehículo no se
venda en los cuatro años posteriores a la matriculación y que hayan
transcurrido cuatro años en caso de una matriculación previa que haya
disfrutado de la reducción mencionada (excepto los casos de siniestro total del
vehículo).
Es necesario presentar el Título de familia
numerosa en el concesionario de vehículos en el momento de la compra. El
concesionario hará las gestiones necesarias ante la Delegación de Economía
y Hacienda, dónde presentará la documentación del vehículo junto con el impreso
de solicitud correspondiente.
-
En la entrada a museos, auditorios y teatros de titularidad estatal:
La entrada será gratuita, previa
acreditación con la presentación en taquilla del documento oficial
correspondiente, válido y actualizado, en los siguientes museos:
La entrada será gratuita, previa
acreditación con la presentación en taquilla del documento oficial
correspondiente, válido y actualizado, en los siguientes museos:
o Museo Arqueológico
Nacional (Madrid).
o Museo Sorolla
(Madrid).
o Museo Cerralbo
(Madrid).
o Museo de América
(Madrid).
o Museo Nacional de
Antropología (Madrid).
o Museo Nacional de
Artes Decorativas (Madrid).
o Museo Nacional del
Romanticismo (Madrid).
o Museo del Traje,
Centro de Investigación del Patrimonio Etnológico (Madrid).
o Museo Casa de
Cervantes (Valladolid).
o Museo Nacional de
Escultura (Valladolid).
o Museo Sefardí
(Toledo).
o Museo del Teatro
(Almagro).
o Museo del Greco
(Toledo).
o Museo Nacional de
Arte Romano (Mérida).
o Museo Nacional de
Cerámica y de las Artes Suntuarias «González Martí» (Valencia).
o Museo Nacional y
Centro de Investigación de Altamira (Santillana del Mar).
o Museo Nacional de
Arqueología Subacuática (Cartagena)
-
En la entrada a otros museos, teatros y auditorios:
o Casa de la Ciencia (Sevilla), entrada bonificada para familias numerosas.
o Museo Nacional de la Ciencia (Madrid): para familias numerosas, 50% de reducción para adultos acompañados de dos descendientes y gratuitas para adultos acompañados de tres descendientes o más.
o Museo Nacional del Prado (Madrid): visita gratuita a grupos familiares integrados pos al menos un adulto y tres descendientes (o dos si uno de llos tiene alguna discapacidad), incluídos en el mismo título de familia numerosa. Visita a precio reducido (50% sobre el precio de la entrada) a miembros de familias numerosas.
o Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (Madrid): entrada gratuita con acreditación a los grupos integrados al menos por un adulto y tres descendientes del mismo titulo de familia numerosa. Precio reducido del 50% para los miembros de familia numerosa previa acreditación de la condición de familia numerosa.
o Museo Thyssen-Bornemisza (Madrid): tarifa reducida a grupos familiares integrados al menos por un adulto y tres descendientess (o dos, si uno de ellos tiene una discapacidad), incluidos en el mismo título de familia numerosa
o Museo Lázaro Galdiano (Madrid): entrada reducida (solo en taquilla previa acreditación documental) a grupos familiares integrados por al menos un adulto y tres descendientes (o dos, si uno de ellos tiene alguna discapacidad), incluidos en el mismo título de familia numerosa).
o Teatro de la Zarzuela (Madrid): descuento por familia numerosa sólo en taquillas de los teatros del INAEM (Instituto Nacional de las Artes Escénicas y la Música).
o Teatro Clásico (Teatro Pavón, Madrid): descuento por familia numerosa sólo en taquillas de los teatros del INAEM (Instituto Nacional de las Artes Escénicas y la Música).
o Centro Dramático Nacional (Teatro María Guerrero y Teatro Valle-Inclán, Madrid): descuento por familia numerosa.
Descuentos ofrecidos por empresas privadas:
-
Hero Baby ofrece en su tienda online (www.latiendahero.es) a las
familias numerosas un 15% de descuento en todos sus productos (no acumulable a
otras ofertas) siempre que se realice una compra superior a 50 euros.
-
Los supermercados e hipermercados Carrefour descuentan el IVA a las
familias numerosas en productos frescos de carnicería, pescadería, frutería,
panadería, charcutería, pastelería, platos preparados, huevos, verduras,
hortalizas y quesos. Para ello es necesaria la tarjeta Superfamilias que se puede solicitar en cualquier establecimiento presentando el Título Oficial de Familia
Numerosa. Además ofrecen cupones descuentos exclusivos.
-
Bóboli aplica un descuento del 10%, no acumulable a otras promociones.
-
Neck&Neck ofrece un 10% de descuento presentando el carnet
acreditativo.
-
VitVic realiza un descuento del 10% a las familias numerosas que lo
acrediten con el carnet correspondiente.
-
En H&M ofrecen un 10% de
descuento en las colecciones de bebés y niños. El descuento es válido
únicamente en tiendas físicas.
-
C&A realiza descuentos exclusivos para familias numerosas los días
20,21 y 22 de cada mes con la excepción de los meses de rebajas.
-
Kiabi descuenta un 10% en todas las compras presentando título de familia numerosa, y la tarjeta de
fidelidad. Pero sólo en tiendas físicas, no online.
- Theresia, la tienda de uniformes proveedora de nuestro colegio, realiza un 10% de descuento presentando el carnet de familia numerosa para las compras en la tienda física del colegio (no online).
-
La tienda de calzados Merkal aplica un 10% de descuento en todas las
compras que se realicen tanto en las tiendas físicas como a través de la página de
venta online. Para las compras online
hay que inscribirse en la página web,
una vez inscritos hay que remitir fotocopia de DNI así como de la tarjeta en
vigor de familia numerosa y otorgaran un
código de descuento que podrá aplicarse en todas las compras. El citado
descuento se aplica sobre la totalidad de la compra, independientemente de que
los productos que la integran estén o no en rebajas o promocionados.
-
Natura realiza un 10% de descuento en todas las compras.
-
Imaginarium realiza un 5% de descuento a familias numerosas en todas sus
compras al presentar la tarjeta de socio que les acredita como tal.
-
Eurekakids realiza descuentos para familias numerosas aunque son válidos
únicamente en productos de venta en tiendas Eurekakids.
-
FLEXA Shop Sevilla ofrece un 5% de descuento en las compras. Este
descuento se aplica también en sus estudios de las tiendas Baobab Aprender
Jugando.
-
En DIDECO, las familias numerosas pueden conseguir la Tarjeta
Dideco, de forma totalmente gratuita, y obtener con ella hasta el 25% de
descuento en papelería, hasta el 20% de descuento en juguetes y hasta un 5% de
descuento en libros de lectura.(máximo descuento permitido por ley).
-
En Isla Mágica, para familias numerosas la tarifa individual de día
completo tiene un 20% de descuento y la tarifa individual de tarde tiene 2 € de
descuento.
- La compañía MRW de transportes y paqueteria ofrece una tarifa especial para familias numerosas españolas o residentes en España con la que una misma persona de la familia podrá enviar hasta un máximo de 5 paquetes al mes, de 1 bulto cada uno, por 6,49€ cada envío. El envío llegará a destino al día siguiente antes de las 19h y se recogerá en las oficinas de MRW. Esta tarifa es para envíos peninsulares y para paquetes de hasta 5 kg y cuya suma de alto + largo + ancho no sobrepase los 100 cm. La familia numerosa únicamente podrá ser remitente del envío.
Para beneficiarse de estos descuentos, en general es necesario presentar el Carnet de Familia Numerosa que acredite dicha condición y el DNI.
Dado que puede haber cambios en las condiciones de los descuentos por parte de las empresas y entidades que los ofrecen, en caso de duda recomendamos consultar directamente a la entidad.